Modelo de Contrato de Alquiler de Vivienda 2026 (LAU): Descarga Gratis en Word
Actualizado: hace 12 horas
Respuesta corta: un contrato de alquiler de vivienda habitual en España se rige por el Título II de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En octubre de 2026 debe respetar, entre otras reglas: duración mínima de 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica) mediante prórrogas anuales, fianza de una mensualidad, garantía adicional máxima de dos mensualidades, actualización de renta limitada por el índice IRAV del INE y gastos de gestión inmobiliaria nunca repercutibles al inquilino. Aquí puedes descargar gratis nuestro modelo en Word y revisar qué incluye cada cláusula.
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Aviso: contenido informativo basado en el texto consolidado de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos publicado en el BOE, consultado el 20 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico. La normativa estatal y autonómica está cambiando en 2026: revisa la versión vigente en boe.es o consulta con un profesional antes de firmar.
Qué ha cambiado en la LAU en 2026
El texto consolidado del BOE recoge dos reales decretos-ley de octubre de 2026 que afectan al alquiler de vivienda:
Norma | Qué cambia | Desde |
|---|---|---|
Real Decreto-ley 29/2026 | Desistimiento del inquilino sin indemnización, prohibición de renunciar al tanteo y retracto, gastos de gestión no repercutibles, prohibición de exigir seguro de impago, documento de finalización obligatorio, régimen de vivienda temporal (art. 9 bis) | 8 de octubre de 2026 (pendiente de convalidación por el Congreso) |
Real Decreto-ley 28/2026 | Prórroga tácita del art. 10.1: preaviso del arrendador de 6 meses y prórrogas por plazos de 5 años (7 si es persona jurídica) | 15 de noviembre de 2026 |
Un real decreto-ley debe ser convalidado por el Congreso; a principios de octubre de 2026 el Congreso ya derogó el anterior Real Decreto-ley 26/2026. Por eso, antes de firmar en 2026 o 2027, comprueba la redacción vigente en boe.es.
Cláusulas clave del modelo de contrato
Cláusula | Qué dice la LAU vigente | Artículo |
|---|---|---|
Duración | Libre, pero si es menor de 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica) se prorroga anualmente hasta ese mínimo, salvo que el inquilino avise con 30 días | Art. 9.1 |
Recuperación por necesidad | Solo si consta expresamente en el contrato, tras el primer año y con 2 meses de preaviso | Art. 9.3 |
Desistimiento | El inquilino puede irse tras 6 meses avisando con 30 días, sin indemnización | Art. 11 |
Pago de la renta | Mensual, en los 7 primeros días salvo pacto, por medios electrónicos; máximo una mensualidad por adelantado | Art. 17 |
Actualización | Sin pacto expreso no hay actualización; con pacto, el incremento no puede superar el IRAV | Art. 18 |
Gastos | Gestión inmobiliaria y formalización nunca a cargo del inquilino; comunidad e IBI solo si se pacta por escrito con importe anual | Art. 20 |
Fianza | Una mensualidad en vivienda; garantía adicional máximo 2 mensualidades; no se puede exigir seguro de impago | Art. 36 |
Subarriendo | Solo parcial y con consentimiento escrito; precio no superior al del alquiler | Art. 8 |
Tanteo y retracto | El inquilino tiene derecho de adquisición preferente y no puede renunciar a él | Art. 25 |
Fin del contrato | Documento de finalización firmado por ambas partes con el estado de la vivienda | Art. 36.7 |
Qué datos necesitas para rellenarlo
Identificación de arrendador e inquilino (DNI/NIE/NIF) y si el arrendador es persona física o jurídica.
Dirección, referencia catastral y anexos (trastero, garaje, mobiliario).
Certificado de eficiencia energética (calificación y número de registro).
Renta, día de pago, cuenta bancaria e índice de actualización elegido (si lo hay).
Importe de la fianza y, en su caso, de la garantía adicional.
Si la vivienda está en una zona de mercado residencial tensionado declarada, la renta del contrato anterior (art. 17.6 LAU).
Errores frecuentes que el modelo evita
Cobrar al inquilino los honorarios de la agencia o de redacción del contrato (art. 20.2 LAU).
Pactar una indemnización por desistimiento anticipado (el art. 11.3 vigente la excluye).
Incluir una renuncia al derecho de tanteo y retracto (no se puede pactar según el art. 25.8 vigente).
Exigir un seguro de impago como condición (art. 36.5).
No documentar el estado de la vivienda: usa nuestra checklist de inventario de entrada y salida.
Preguntas frecuentes
¿Es válido un contrato de alquiler descargado de internet?
Sí, siempre que se ajuste a la LAU vigente y recoja correctamente los datos de las partes y de la vivienda. Las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del inquilino las normas del Título II son nulas, salvo que la ley lo permita (art. 6 LAU). Por eso conviene revisarlo cada vez que cambia la norma.
¿Hay que depositar la fianza?
El depósito de la fianza depende de cada comunidad autónoma, que fija el organismo y el plazo. Consulta la normativa de tu comunidad.
¿Sirve este modelo para alquiler de temporada o de habitaciones?
No. Este modelo es para vivienda habitual. Desde el RDL 29/2026 los alquileres de vivienda temporal tienen un régimen propio (art. 9 bis LAU) y el alquiler por habitaciones tiene reglas específicas.
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