¿Cómo obtener un aval bancario alquiler sin complicaciones?
- Hoozzee

- 7 mar
- 8 Min. de lectura
Actualizado: 8 mar
¿Qué es un aval bancario para alquiler?
Un aval bancario para alquiler es una garantía financiera emitida por una entidad bancaria que asegura al propietario de un inmueble el cumplimiento de las obligaciones económicas del inquilino derivadas del contrato de arrendamiento. En esencia, el banco se compromete a pagar al arrendador en caso de que el arrendatario incumpla sus obligaciones de pago de renta u otras cantidades pactadas en el contrato.
En el mercado inmobiliario español, el aval bancario se ha convertido en una garantía cada vez más solicitada por los propietarios, especialmente en las grandes ciudades donde la demanda de alquiler supera ampliamente la oferta. Esta tendencia se ha intensificado tras las dificultades experimentadas por muchos arrendadores para recuperar rentas impagadas y llevar a cabo desahucios en un contexto legal que tiende a proteger al inquilino.
A diferencia de la fianza legal (equivalente a una o dos mensualidades según el tipo de arrendamiento), el aval bancario puede cubrir importes muy superiores, llegando a garantizar entre 6 y 12 meses de renta o incluso más, lo que proporciona una seguridad adicional significativa al propietario.
¿Cómo funciona el aval bancario en un alquiler?
El mecanismo del aval bancario para alquiler es relativamente sencillo en su concepto, aunque implica una relación tripartita entre el inquilino, el banco y el propietario.
El inquilino solicita a su entidad bancaria la emisión de un aval a favor del propietario del inmueble que desea alquilar. El banco evalúa la solvencia del solicitante y, si la considera suficiente, emite el aval comprometiéndose a pagar al propietario las cantidades garantizadas en caso de impago por parte del inquilino.
Para emitir el aval, el banco generalmente exige al inquilino la inmovilización de una cantidad equivalente al importe avalado en una cuenta de garantía. Esto significa que si el aval cubre 6 meses de renta de 1.000 euros, el inquilino deberá tener bloqueados 6.000 euros en el banco durante toda la vigencia del aval, además de pagar las comisiones correspondientes.
Si durante la vigencia del contrato de alquiler el inquilino deja de pagar la renta, el propietario puede dirigirse al banco y solicitar la ejecución del aval. El banco pagará al propietario las cantidades debidas hasta el límite del aval, y posteriormente reclamará al inquilino el reembolso de las cantidades pagadas.
Requisitos para obtener un aval bancario de alquiler
Obtener un aval bancario requiere cumplir una serie de requisitos que las entidades financieras exigen para asegurar la viabilidad de la operación.
Ser cliente de la entidad: La mayoría de los bancos solo emiten avales a sus propios clientes. Si no tienes cuenta en el banco al que solicitas el aval, probablemente debas abrir una antes de iniciar el proceso.
Solvencia económica demostrable: Deberás acreditar ingresos regulares y suficientes para hacer frente al pago del alquiler. Generalmente, los bancos exigen que la renta mensual no supere el 30-35% de tus ingresos netos mensuales. Será necesario presentar nóminas recientes, declaración de la renta, contrato de trabajo y extractos bancarios.
Historial crediticio limpio: El banco consultará ficheros de morosidad como ASNEF, RAI o CIRBE. Cualquier deuda impagada registrada puede ser motivo de denegación del aval.
Garantía de cobertura: Como se ha mencionado, el banco exigirá la inmovilización de fondos equivalentes al importe del aval, o bien la pignoración de otros activos financieros como garantía adicional.
Documentación del contrato: El banco necesitará conocer las condiciones del arrendamiento: datos del propietario, dirección del inmueble, duración del contrato, importe de la renta y condiciones especiales si las hubiere.
Proceso paso a paso para obtener un aval bancario
Seguir un proceso ordenado facilitará la obtención del aval bancario y reducirá los tiempos de tramitación.
Paso 1: Negociación con el propietario. Antes de acudir al banco, acuerda con el propietario las condiciones exactas del aval: importe que debe cubrir (normalmente expresado en meses de renta), duración, y si debe incluir conceptos adicionales como suministros o desperfectos.
Paso 2: Reunión con el banco. Acude a tu entidad bancaria y solicita información sobre sus condiciones para avales de alquiler. Compara las comisiones, requisitos de inmovilización y plazos de tramitación entre varias entidades antes de decidirte.
Paso 3: Presentación de documentación. Reúne y presenta toda la documentación necesaria: DNI o NIE en vigor, últimas tres nóminas o justificantes de ingresos, declaración de la renta del último ejercicio, contrato de trabajo vigente, extractos bancarios de los últimos meses, y borrador o precontrato de alquiler.
Paso 4: Evaluación y aprobación. El banco analizará tu perfil crediticio y solvencia. Este proceso puede tardar entre 3 y 15 días hábiles dependiendo de la entidad y la complejidad de la operación.
Paso 5: Formalización. Una vez aprobado, se firma el contrato de aval, se procede a la inmovilización de fondos y el banco emite el documento de aval que deberás entregar al propietario junto con la firma del contrato de arrendamiento.
Costes del aval bancario para alquiler
Es fundamental conocer todos los costes asociados al aval bancario antes de comprometerse, ya que pueden representar un desembolso significativo.
La comisión de apertura o estudio suele oscilar entre el 0,5% y el 2% del importe total del aval, con un mínimo que varía según la entidad (generalmente entre 50 y 150 euros). Esta comisión se cobra una única vez al momento de la emisión.
La comisión trimestral o anual de mantenimiento es el coste recurrente más importante. Suele situarse entre el 0,5% y el 1% trimestral sobre el importe avalado, o entre el 2% y el 4% anual. Para un aval de 6.000 euros, esto supone entre 120 y 240 euros anuales.
Además, hay que considerar el coste de oportunidad de los fondos inmovilizados. Los 6.000 euros bloqueados en la cuenta de garantía no estarán disponibles para otros usos ni generarán rentabilidad significativa durante la vigencia del aval.
En total, para un alquiler de 1.000 euros mensuales con un aval de 6 meses, el coste total del primer año podría ser: comisión de apertura (100 euros) + comisión anual (180 euros) + inmovilización de 6.000 euros = un desembolso real de 280 euros más los 6.000 euros bloqueados.
Alternativas al aval bancario para alquiler
Dado que el aval bancario puede resultar costoso y difícil de obtener para algunos inquilinos, existen alternativas que pueden satisfacer las necesidades de garantía del propietario.
Seguro de impago de alquiler: Es la alternativa más popular y cada vez más utilizada en España. El seguro de impago cubre al propietario frente al impago de rentas, actos vandálicos y gastos de defensa jurídica. El coste suele ser del 3-5% de la renta anual y lo paga generalmente el propietario, aunque a veces se repercute al inquilino.
Depósito adicional: La LAU permite pactar garantías adicionales a la fianza legal de hasta dos mensualidades en contratos de vivienda habitual (durante los primeros cinco años de contrato, o siete si el arrendador es persona jurídica). Aunque es una opción sencilla, la protección es más limitada que la del aval bancario.
Aval personal: Un familiar o tercero se compromete a responder como avalista. No tiene coste directo pero implica un riesgo importante para el avalista, que responde con todo su patrimonio personal.
Aval del ICO o administración pública: Algunos programas públicos ofrecen avales para facilitar el acceso a la vivienda de colectivos específicos como jóvenes, familias monoparentales o personas en situación de vulnerabilidad. Estos avales suelen tener costes reducidos o nulos.
Plataformas de garantía de alquiler: Empresas fintech como Avalisto, Wecity o plataformas de gestión inmobiliaria como Hoozzee ofrecen soluciones innovadoras de garantía que simplifican el proceso y reducen costes frente al aval bancario tradicional.
El aval bancario desde la perspectiva del propietario
Para los propietarios, entender las ventajas y limitaciones del aval bancario es clave para tomar decisiones informadas sobre qué tipo de garantía solicitar a sus inquilinos.
Las principales ventajas para el arrendador incluyen una alta seguridad de cobro, ya que es el banco quien garantiza el pago; un proceso de ejecución relativamente sencillo en caso de impago, sin necesidad de reclamar judicialmente al inquilino; y un efecto disuasorio sobre posibles morosos, ya que los inquilinos que obtienen un aval bancario suelen ser personas con buena solvencia.
Sin embargo, exigir un aval bancario también tiene inconvenientes: reduce significativamente el número de candidatos potenciales, ya que muchos inquilinos solventes no pueden o no quieren inmovilizar grandes cantidades de dinero. Esto puede alargar los periodos de vacancia del inmueble y reducir la capacidad de seleccionar al mejor inquilino.
Además, el aval bancario tiene una duración limitada y generalmente coincide con el plazo inicial del contrato. Si el contrato se prorroga, el inquilino deberá renovar el aval, con los costes adicionales que ello implica.
Marco legal del aval bancario en el alquiler español
La regulación legal del aval bancario en el contexto del arrendamiento urbano en España se enmarca en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y en la normativa bancaria general.
La LAU, en su artículo 36, establece que las partes pueden pactar cualquier tipo de garantía adicional a la fianza legal obligatoria. No obstante, para contratos de vivienda habitual, durante los primeros cinco años (o siete si el arrendador es persona jurídica), el valor de la garantía adicional no puede exceder de dos mensualidades de renta. Esto significa que, técnicamente, un aval bancario que cubra más de dos meses de renta solo sería exigible a partir del sexto año de contrato en vivienda habitual.
Es importante destacar que esta limitación ha generado debate jurídico, ya que algunos expertos consideran que el aval bancario, al ser una garantía de cumplimiento y no un depósito dinerario, podría no estar sujeto a este límite. En cualquier caso, la práctica habitual del mercado es respetar la limitación de dos mensualidades adicionales.
El aval bancario es un título ejecutivo, lo que significa que en caso de impago, el propietario puede dirigirse directamente al banco para solicitar el pago sin necesidad de un procedimiento judicial previo contra el inquilino, agilizando significativamente la recuperación de las cantidades adeudadas.
Preguntas frecuentes sobre el aval bancario de alquiler
¿Cuánto tarda en tramitarse un aval bancario?
El plazo medio de tramitación oscila entre 5 y 15 días hábiles, dependiendo de la entidad y la documentación presentada. Algunas entidades ofrecen tramitación exprés en 48-72 horas con un sobrecoste.
¿Puedo recuperar el dinero inmovilizado al finalizar el contrato?
Sí, una vez que el propietario devuelve el documento original del aval al banco o confirma que no hay deudas pendientes, la entidad libera los fondos inmovilizados. Este proceso suele tardar entre 3 y 10 días hábiles.
¿El aval bancario cubre desperfectos en la vivienda?
Depende de las condiciones específicas del aval. Generalmente, el aval se emite para cubrir el impago de rentas, pero puede ampliarse para incluir otros conceptos como desperfectos, suministros impagados o indemnizaciones por desistimiento. Esto debe especificarse claramente en el documento de aval.
¿Puede el propietario exigir un aval bancario si ya pido fianza?
Sí, la fianza legal obligatoria y el aval bancario son garantías compatibles y acumulables. El propietario puede legalmente solicitar la fianza legal de una mensualidad más un aval bancario como garantía adicional, siempre dentro de los límites establecidos por la LAU.
¿Qué ocurre si el banco me deniega el aval?
Si tu banco te deniega el aval, puedes intentarlo en otra entidad, explorar las alternativas mencionadas anteriormente (seguro de impago, aval personal, depósito adicional), o negociar con el propietario una garantía diferente que sea aceptable para ambas partes.
Conclusión
El aval bancario para alquiler es una garantía sólida que proporciona seguridad tanto al propietario como, indirectamente, al inquilino al demostrar su solvencia. Sin embargo, es importante valorar cuidadosamente los costes asociados y considerar las alternativas disponibles antes de comprometerse.
Para los propietarios, la elección entre aval bancario, seguro de impago u otras garantías dependerá de su perfil de riesgo, el tipo de inmueble y las condiciones del mercado local. La tendencia actual en España se inclina hacia los seguros de impago como solución más equilibrada entre protección del propietario y accesibilidad para el inquilino.
En Hoozzee, como plataforma de gestión inmobiliaria integral, facilitamos a propietarios e inquilinos la gestión de todas las garantías del alquiler, desde la fianza hasta los avales y seguros, simplificando un proceso que a menudo resulta complejo y burocrático. Contacta con nuestro equipo para conocer las soluciones que mejor se adapten a tu situación.


